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GLOBALIUMEXTRANJERÍA

¿Es ahora mismo? Detención, aeropuerto o expulsión: llama ya. +34 667 77 02 19

URGENCIAS DE EXTRANJERÍA · COSTA DEL SOL

Aquí no se mide en meses. Se mide en horas.

Una detención en comisaría, una retención en el aeropuerto o la notificación de un expediente de expulsión abren plazos de 48 y 72 horas. En ese margen se decide el internamiento, el retorno o la expulsión, y lo que no se hace dentro ya no se puede hacer después. Somos abogados de extranjería colegiados en Málaga y actuamos el mismo día.

Si la urgencia es ahora, no leas la página entera: llama.

LOS RELOJES QUE YA ESTÁN CORRIENDO

Cuánto margen tienes, según lo que haya pasado

Estos plazos no admiten prórroga ni comprensión. Son preclusivos: cuando se pasan, esa vía se pierde.

48 horas

Alegaciones en el procedimiento preferente de expulsión. Es la fase con más margen real: aún no hay orden firme y se pueden aportar pruebas y argumentos.

72 horas

Detención con fines de expulsión. En esa ventana se decide el internamiento en un CIE o la ejecución de la expulsión.

Horas

en frontera

Denegación de entrada en el aeropuerto. El retorno puede ejecutarse en el siguiente vuelo disponible: las medidas cautelarísimas se piden ya.

1 y 2 meses

Recurso administrativo y contencioso-administrativo contra una orden de expulsión ya dictada. Se cuentan desde el día siguiente a la notificación.

POR QUÉ IMPORTA HACERLO BIEN

En una urgencia de extranjería, tener razón y llegar tarde son exactamente lo mismo.

La diferencia entre un expediente que se puede pelear y uno que ya solo se puede lamentar suele estar en unas pocas horas. Un detenido que firma una declaración sin entenderla, una notificación que se guarda en un cajón «hasta el lunes», un billete de vuelta comprado por miedo antes de que un abogado lea el papel: cada una de esas decisiones, tomadas con toda la buena intención, cierra puertas que estaban abiertas. Aquí lo que se defiende no es solo el fondo del asunto, son las garantías del procedimiento —y esas se juegan el primer día.

No hace falta que sepas qué documento te han dado ni cómo se llama el procedimiento. Para eso llamas. Lo único que no conviene es esperar a saberlo.

¿TE SUENA ALGUNA DE ESTAS?

Si estás en alguna de estas situaciones, la llamada es hoy.

  • Han detenido a un familiar extranjero y no sabes en qué comisaría está.
  • Alguien lleva horas retenido en el aeropuerto de Málaga y no le dejan entrar.
  • Te han notificado la incoación de un expediente de expulsión y hay un plazo de días.
  • Tienes una orden de expulsión dictada y no sabes si todavía puedes recurrir.
  • Te dicen que hay que abandonar España de inmediato y no sabes si es cierto.
  • Hay riesgo de internamiento en un CIE y nadie te explica qué significa eso.
  • Es fin de semana o festivo y no sabes a quién llamar.

No hace falta que tengas los papeles ordenados ni que sepas el nombre del procedimiento. Llama primero y ordenamos nosotros.

LAS TRES URGENCIAS

Comisaría, aeropuerto y expulsión: qué se hace en cada una

Se parecen en la prisa y en poco más. Cada supuesto tiene su procedimiento, su plazo y su forma de defensa.

DETENCIÓN · 72 HORAS

Asistencia en comisaría

Nos personamos, examinamos el expediente, verificamos que la detención y sus garantías se han respetado y peleamos contra el internamiento en CIE. Cuanto antes intervenga el abogado, más margen queda.

FRONTERA · HORAS

Denegación de entrada en el aeropuerto

Asistencia letrada e intérprete en el puesto fronterizo, revisión del motivo de la inadmisión y medidas cautelarísimas para intentar suspender el retorno antes de que salga el vuelo.

EXPEDIENTE · 48 HORAS

Expediente y orden de expulsión

Alegaciones en el procedimiento preferente, recurso administrativo en un mes y contencioso en dos, con solicitud de suspensión cautelar de la expulsión mientras se resuelve.

Lo que nadie te explica cuando la urgencia ya ha empezado

Cuatro cosas que cambian el resultado y que casi siempre se deciden en las primeras horas.

Curiosidad

  • Que el detenido tiene derecho a abogado y a intérprete desde el primer minuto.
  • Que una orden de expulsión notificada no siempre es firme ni inmediatamente ejecutable.
  • Que en frontera se pueden pedir medidas cautelarísimas antes de que salga el vuelo.

Beneficio

  • Que alguien examine el expediente dentro del plazo, no después.
  • Argumentos y pruebas presentados en la fase en la que todavía sirven.
  • Saber en la misma llamada qué se puede hacer y qué no.

Errores que cierran la puerta

  • Firmar una declaración o una renuncia sin entender qué dice.
  • Guardar la notificación «hasta el lunes» y comerse el plazo de 48 horas.
  • Comprar el billete de vuelta antes de que un abogado lea el papel.
  • Esperar a tener todos los documentos para hacer la primera llamada.

Lo que necesitamos de ti

  • Nombre completo, nacionalidad y número de pasaporte o NIE.
  • Dónde está la persona: comisaría, terminal del aeropuerto o CIE.
  • Foto del documento que os hayan entregado y la fecha exacta de notificación.
CÓMO ACTUAMOS · 2026

Qué pasa desde que descuelgas el teléfono

Sin formularios, sin esperar a mañana y sin que tengas que saber de antemano en qué procedimiento estás.

01

Llamada y triaje inmediato

Nos cuentas qué ha pasado y dónde está la persona. En la misma conversación identificamos el procedimiento, el plazo real que queda y qué es lo urgente de verdad frente a lo que puede esperar.

02

Intervención el mismo día

Personación en comisaría, contacto con el puesto fronterizo o revisión de la notificación recibida. Si hay que estar físicamente en algún sitio dentro del plazo, estamos.

03

Escrito dentro de plazo

Alegaciones, recurso o solicitud de medidas cautelares o cautelarísimas, según lo que corresponda. Redactado sobre el motivo concreto que consta en el expediente, no sobre una plantilla.

04

Seguimiento hasta el final

Te mantenemos informado de cada resolución y de los plazos siguientes. Si la vía urgente se agota, valoramos contigo la vía contencioso-administrativa y la regularización posterior.

NUESTRO SERVICIO

Somos abogados de extranjería colegiados en Málaga y cogemos el teléfono cuando la urgencia es real.

No damos números de resultado ni prometemos desenlaces: en urgencias de extranjería nadie serio puede hacerlo. Lo que sí garantizamos es lo que depende de nosotros: que alguien examine el expediente dentro del plazo, que las garantías del procedimiento se respeten, que el escrito llegue a tiempo y que sepas en todo momento qué está pasando y cuáles son las opciones reales.

Atendemos las tres urgencias del mismo despacho —comisaría, aeropuerto y expulsión— porque en la práctica se encadenan: una inadmisión en frontera acaba en un expediente, un expediente acaba en una detención y una detención acaba en un recurso. Conocer el recorrido entero es lo que permite anticipar el paso siguiente en vez de reaccionar a él.

La cocina se apaga tapando la sartén en los primeros diez segundos. Todo lo demás —entender, documentar, recurrir— viene después y lo hacemos nosotros.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos tus dudas antes de empezar

Han detenido a un familiar, ¿qué hago ahora mismo?

Llama de inmediato y ten a mano tres datos: nombre completo, nacionalidad y comisaría donde está. El plazo de detención con fines de expulsión es de 72 horas, y en esa ventana se decide el internamiento en un CIE o la expulsión. Cuanto antes intervenga el abogado, más margen de defensa queda. Que no firme nada que no entienda.

¿Atendéis fuera del horario de oficina o en fin de semana?

Las detenciones y las inadmisiones en frontera no esperan al lunes, y el plazo de 72 horas tampoco hace pausas. Ante una situación urgente, llama al teléfono del despacho aunque sea fin de semana o festivo: lo prioritario es activar la asistencia y decirte de inmediato qué se puede hacer dentro del plazo que quede.

Me han retenido en el aeropuerto y no me dejan entrar, ¿hay algo que hacer?

Sí, pero con muy poco margen. En un puesto fronterizo tienes derecho a asistencia letrada y a intérprete, y el motivo de la inadmisión tiene que constar por escrito. A partir de ahí se puede revisar la resolución y solicitar medidas cautelarísimas para intentar suspender el retorno. La clave es que la llamada se haga desde la propia terminal, no al día siguiente.

Me han dado un papel de expulsión, ¿cuánto tiempo tengo?

Depende de qué documento sea exactamente, y por eso lo primero es fotografiarlo entero y mandarlo. Si es la incoación de un expediente preferente, el plazo de alegaciones puede ser de solo 48 horas. Si es una resolución de expulsión ya dictada, el recurso administrativo es de un mes y el contencioso-administrativo de dos, contados desde el día siguiente a la notificación.

No des por hecho que el plazo que te han dicho de palabra es el que consta en el documento. Los tres supuestos se confunden constantemente entre sí, y son procedimientos distintos con márgenes muy distintos.

Me dicen que tengo que salir de España de inmediato, ¿es verdad?

No necesariamente. Que una resolución mencione una orden o un plazo de salida no significa que sea firme ni que vaya a ejecutarse ya. Interponer el recurso en plazo abre la puerta a pedir la suspensión cautelar de esa salida, especialmente en la vía contencioso-administrativa. No compres billete ni tomes decisiones irreversibles sin que un abogado lea tu resolución.

¿Podéis garantizarme que no me expulsan?

No, y desconfía de quien te lo garantice. El resultado depende del motivo del expediente, de tus circunstancias personales y de la resolución de la Administración o del juzgado. Lo que sí podemos comprometer es el trabajo: examinar el expediente dentro del plazo, defender cada garantía procesal y presentar los escritos y las medidas cautelares que correspondan, a tiempo.

NO ESPERES A MAÑANA

Si la urgencia es hoy, la llamada es hoy.

Cuéntanos qué ha pasado y dónde está la persona. Te decimos de inmediato qué plazo queda y cuáles son los siguientes pasos.

+34 667 77 02 19·+34 667 78 20 85

infoglobalextranjeria@gmail.com

Camino de Coín 14, 29640 Fuengirola (Málaga)

PD: la urgencia tiene una crueldad muy suya: llega siempre el viernes por la tarde, y el primer impulso de casi todo el mundo es esperar al lunes para no molestar. Molestar un viernes cuesta una llamada; esperar al lunes cuesta el plazo entero. Si dudas entre llamar ahora o ver cómo evoluciona, llama. Como mucho, te diremos que tu caso no era tan urgente como pensabas —y esa es, con diferencia, la mejor noticia que te podemos dar.

Alberto García López

Contenido revisado por un abogado

Revisado por Alberto García López

Abogado de extranjería · colegiado nº 11.441 · ICA Málaga

Revisamos cada página conforme a la normativa vigente. Esta información no sustituye al estudio individualizado de tu caso.

Firma de Alberto García López

El contenido de esta página tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal individualizado. Cada caso de extranjería requiere un estudio particular.

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