Si vienes de Latinoamérica, no necesitas diez años. Te bastan dos.
La nacionalidad por residencia premia el tiempo que llevas viviendo aquí en regla. Y para los nacionales de países latinoamericanos ese tiempo es solo dos años, no diez. Pero el reloj solo cuenta si tu residencia es legal y continuada. Te calculamos tu plazo exacto, te preparamos los exámenes y presentamos tu expediente.
Dos años de residencia legal. La ventaja LATAM que cambia las reglas del juego.
TU PLAZO SEGÚN DE DÓNDE VIENES
¿Cuántos años necesitas? Depende de tu caso
2 años
Iberoamérica, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes.
1 año
Nacidos en España, casados o viudos de español/a y otros casos.
5 años
Personas con condición de refugiado reconocida.
10 años
Régimen general (resto de nacionalidades).
Llevas más tiempo del que crees… o menos del que cuentas. Y eso lo decide todo.
Mucha gente celebra que «ya lleva los dos años» sin caer en un detalle que vale oro: solo cuenta la residencia legal y continuada. Los años en situación irregular no suman, el tiempo de estudiante tampoco, y unas ausencias mal medidas pueden romper la continuidad y reiniciar el contador.
El reloj de la nacionalidad no cuenta los años que has vivido aquí. Cuenta los que has vivido aquí en regla.
El que regó la planta dos años… pero la sacaba al balcón cada noche
Dos vecinos compraron la misma planta el mismo día, con la promesa de que en dos años daría flores. El primero la dejó en su sitio, junto a la ventana, y la cuidó sin moverla: sol, agua, paciencia. El segundo la regaba igual de bien, pero cada noche, «por si acaso», la metía dentro, la cambiaba de habitación, la sacaba al balcón, la volvía a entrar. A los dos años, el primero tenía un ramo espectacular. El segundo, una planta enclenque que no había florecido. «¡Pero si la regué exactamente los mismos días que tú!», protestó. Y el primero, encogiéndose de hombros: «El agua era la misma. Lo que tú no le diste fue continuidad. Una planta no cuenta los riegos: cuenta los días seguidos en el mismo sitio echando raíces.»
Mismo tiempo, mismo cuidado aparente. Pero uno dejó que las raíces se asentaran y el otro las rompía cada noche sin darse cuenta. No floreció quien más la movió, sino quien la dejó arraigar sin interrupciones.
No es cuántas veces la riegas. Es cuántos días seguidos la dejas echar raíces.
Una planta no cuenta los riegos: cuenta los días seguidos en el mismo sitio echando raíces.
La nacionalidad por residencia es esa planta: no cuenta el tiempo que «más o menos» llevas aquí, sino los años de residencia legal y continuada, sin interrupciones que rompan las raíces. Nosotros nos aseguramos de que tu contador no se reinicie por una ausencia mal medida o un periodo que no computa.
¿Te suena alguna de estas?
- Crees que «ya llevas los dos años» pero no sabes si todos computan.
- Tuviste periodos en situación irregular o como estudiante y no sabes si suman.
- Has hecho viajes largos a tu país y temes haber roto la continuidad.
- No sabes si tienes que hacer el DELE además del CCSE.
- Te preocupa que un antecedente sin cancelar o una deuda te frene.
- No tienes claro si te conviene la residencia o, por tu familia, la opción.
Casi todo se resuelve con una sola cosa bien hecha: calcular tu fecha exacta y no presentar ni un día antes de tiempo.
Lo que casi nadie te explica sobre la nacionalidad
Esto separa un expediente que se concede de uno que se atasca o se deniega.
Curiosidad
- Que los años en irregular o de estudiante no computan.
- Que una ausencia larga puede reiniciar tu contador.
- Que siendo de LATAM no haces el DELE, pero sí el CCSE.
Beneficio
- Cómo calcular tu plazo exacto y no presentar antes de tiempo.
- Cómo conservar tu nacionalidad de origen (LATAM no renuncia de hecho).
- Cómo preparar CCSE y DELE para aprobar a la primera.
Errores que tumban el expediente
- Presentar sin cumplir aún el plazo de residencia legal.
- Antecedentes sin cancelar o mal acreditados.
- Documentos sin apostillar, legalizar o traducir.
- No acreditar medios económicos ni integración.
Lo que necesitas saber
- Qué plazo te corresponde según tu nacionalidad.
- Qué documentos necesitan apostilla y traducción jurada.
- Si te conviene la residencia o, en su caso, la opción.
Lo que exige la nacionalidad por residencia en 2026
Cumplir el plazo es solo el principio. Estos son los pilares del art. 22 del Código Civil.
Residencia legal y continuada
El plazo que te toque (2 años LATAM, 10 general…), con autorización en vigor, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Lo irregular y los estudios no cuentan.
Sin antecedentes y buena conducta
Carecer de antecedentes penales en España y en tus países de residencia, con la cancelación bien acreditada, y demostrar buena conducta cívica.
Integración (CCSE y DELE)
Superar el examen CCSE y, si no eres de país hispanohablante, el DELE A2. Hay dispensas (ESO/Bachillerato en España, analfabetismo acreditado).
Medios y solicitud telemática
Acreditar estabilidad económica (IPREM, nóminas, IRPF, vida laboral) y presentar el expediente telemático en el Ministerio de Justicia. Después, jura e inscripción.
CCSE y DELE: quién hace qué
La gran duda de todo solicitante. Aquí está claro, sobre todo si vienes de Latinoamérica.
CCSE
Lo hace todo el mundo
- Examen de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España.
- Obligatorio para todos los solicitantes mayores de edad (salvo dispensa).
- Mide cuánto sabes de la Constitución, la cultura y la sociedad españolas.
Sí, también los latinoamericanos.
DELE A2
Solo si no hablas español
- Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel A2 o superior.
- Lo exigen a quienes NO proceden de países donde el español es lengua oficial.
¿Eres de Colombia, Venezuela, Ecuador…? Estás exento del DELE.
Calculamos tu plazo, te preparamos los exámenes y presentamos tu expediente.
Verificamos tu residencia legal y continuada y calculamos la fecha exacta en que puedes solicitar, revisamos antecedentes y su cancelación, te orientamos para aprobar el CCSE (y el DELE si te corresponde), reunimos y legalizamos la documentación (apostillas y traducciones juradas incluidas en el plan), y presentamos el expediente telemático. Te acompañamos hasta la resolución, la jura y la inscripción en el Registro Civil.
Y si por tu vínculo familiar te conviene más la nacionalidad por opción, también te lo decimos: a veces hay un camino aún más corto.
Como la planta del cuento: no cuenta cuánto la riegas, sino cuántos años seguidos echa raíces sin que nadie la mueva. Vigilamos que tu contador no se reinicie.
Resolvemos tus dudas antes de empezar
¿De verdad los latinoamericanos solo necesitan 2 años?
Sí. El artículo 22 del Código Civil reduce el plazo general de 10 años a solo 2 para los nacionales de países iberoamericanos, además de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y los sefardíes. Es una de las grandes ventajas para colombianos, venezolanos, ecuatorianos y demás nacionales de la región. La clave está en el matiz: esos 2 años tienen que ser de residencia legal y continuada e inmediatamente anteriores a la solicitud. Por eso lo primero que hacemos es calcular tu fecha exacta, para que no presentes ni un día antes de tiempo.
¿Tengo que hacer los dos exámenes?
No necesariamente. El CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España) lo hace prácticamente todo el mundo, también los latinoamericanos. El DELE A2, en cambio, solo se exige a quienes NO proceden de un país donde el español es lengua oficial: si eres de Colombia, Venezuela, Ecuador u otro país hispanohablante, estás exento del DELE. Además, hay dispensas del CCSE en algunos casos (por ejemplo, haber cursado la ESO o el Bachillerato en España, o analfabetismo acreditado). Te decimos exactamente qué examen te toca y te orientamos para aprobarlo a la primera.
¿Cuentan los años que llevo aquí aunque algunos fueran en irregular?
Solo cuenta la residencia legal y continuada. Los periodos en situación irregular no suman, y el tiempo como estudiante tampoco computa a estos efectos. Además, las ausencias largas o mal medidas pueden romper la continuidad y reiniciar el contador. Es justo el error que más cuesta: gente convencida de que «ya lleva los años» que descubre que la mitad no computaba. Por eso revisamos tu historial de tarjetas y de viajes antes de presentar, para asegurarnos de que tu contador es sólido y no se cae a la primera comprobación.
¿Pierdo mi nacionalidad de origen?
En la práctica, no para la mayoría de quienes nos consultan en la Costa del Sol. Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y los sefardíes pueden conservar su nacionalidad de origen al adquirir la española, manteniendo la doble nacionalidad. Lo que sí se hace como parte del trámite es la jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución. Para nacionalidades fuera de ese grupo, la situación puede ser distinta; lo analizamos en tu caso concreto antes de dar ningún paso.
¿Cuánto tarda y cómo se presenta?
El expediente se presenta de forma telemática ante el Ministerio de Justicia, con tu documentación de residencia, los exámenes superados, la acreditación de medios económicos y los certificados de antecedentes (apostillados y traducidos cuando proceda). Desde la presentación, la resolución puede tardar meses, y termina con la jura y la inscripción en el Registro Civil. Nosotros calculamos tu plazo, preparamos y legalizamos toda la documentación y presentamos el expediente, acompañándote hasta la jura. Y si por tu vínculo familiar te conviene más la opción (art. 20 CC), te lo decimos: a veces hay un camino aún más corto.
Mientras esperas tu nacionalidad
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Cuéntanos tu historia de residencia y te calculamos la fecha exacta en que puedes solicitar, qué te falta y cómo lo preparamos todo hasta la jura.
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PD: es de las pocas veces en la vida en que dos años «no es nada» se convierte en literal. Hay quien se compra un sofá a plazos de más de dos años sin pestañear y, en cambio, posterga la nacionalidad pensando que es un trámite eterno. Spoiler: para un latinoamericano con la residencia en regla, el sofá probablemente dure más en pagarse que tu expediente en empezar a rodar. Tú trae tus tarjetas de residencia; nosotros, el cronómetro y los formularios. Y un día, sin darte cuenta, jurarás ante un retrato del Rey con cara de «qué rápido ha ido esto».
El contenido de esta página tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal individualizado. Cada caso de extranjería requiere un estudio particular.

