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RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA · 2026

Tienes la oferta de trabajo. Vamos a por el permiso.

El permiso de trabajo por cuenta ajena te deja residir y trabajar legalmente en España con un contrato. Pero lo solicita tu empresa, no tú, y un solo error en el expediente lo tumba. Coordinamos a tu empleador y preparamos todo para que salga a la primera.

El sí de tu jefe es el principio. El sí de la Oficina de Extranjería es lo que trabajamos.

POR QUÉ IMPORTA HACERLO BIEN

La Oficina de Extranjería no contrata. Comprueba que el contrato, la empresa y el puesto encajen en la ley. Y mira cada pieza con lupa.

Un contrato por debajo del salario mínimo o del convenio, una empresa sin solvencia o con deudas con la Seguridad Social, un puesto que no supera la situación nacional de empleo, funciones que no coinciden con la formación del trabajador, o documentos del país de origen sin apostillar: cualquiera de estos detalles convierte una contratación real en una denegación. Y desde 2026 la Administración cruza datos de facturación de la empresa en tiempo real.

No rellenamos un formulario y a esperar. Auditamos a la empresa y el contrato antes de presentar, para que el expediente no tenga por dónde caerse.

UNA HISTORIA

El violinista que tocaba perfecto… pero no afinó antes de salir

Un violinista talentoso consiguió, tras años de esfuerzo, una audición para la mejor orquesta del país. Sabía la pieza de memoria, tenía el oído y la técnica; nadie dudaba de su talento. El día de la prueba llegó confiado, subió al escenario y empezó a tocar. Sonaba mal. No porque tocara mal —tocaba como los ángeles—, sino porque no había afinado el violín antes de salir. Las notas eran las correctas, los dedos iban perfectos, pero el instrumento estaba desafinado y todo el conjunto chirriaba.

El director lo paró: «Su talento es evidente. Pero yo no juzgo lo que usted sabe tocar: juzgo lo que suena aquí y ahora. Y lo que suena está desafinado.» No le dieron la plaza. No por falta de talento, sino porque el mejor músico del mundo suena mal con el instrumento sin afinar.

Meses después volvió. Mismo talento, misma pieza. Pero esta vez dedicó diez minutos a afinar cada cuerda antes de salir. Tocó, y la sala entera se puso en pie. Lo único que cambió fue la preparación previa que nadie ve.

Yo no juzgo lo que usted sabe tocar: juzgo lo que suena aquí y ahora.

El permiso de trabajo es esa audición: tú eres el talento y el contrato es la pieza, pero quien decide es la Oficina, y solo juzga lo que suena el día de la prueba. Si la empresa, el salario y el papeleo no están afinados, el mejor candidato suena mal. Nosotros afinamos el instrumento antes de que toques.

¿TE SUENA ALGUNA DE ESTAS?

Tienes una oportunidad laboral, pero el trámite no depende solo de ti.

  • Tienes una oferta de trabajo pero no sabes si la empresa puede tramitar el permiso.
  • No sabes qué es la situación nacional de empleo ni si tu puesto la supera.
  • Tu empresa nunca ha contratado a un extranjero y no sabe por dónde empezar.
  • No tienes claro si el contrato cumple el salario y las condiciones que exige la ley.
  • Estás fuera de España y no sabes cómo encajan el permiso y el visado.
  • Te preocupa que una deuda de la empresa con la Seguridad Social tumbe tu permiso.

Y lo peor es que casi todos estos bloqueos se resuelven auditando a la empresa y el contrato… antes de presentar nada.

EL PROCESO, CLARO

De la oferta a la TIE: cómo funciona

El procedimiento lo inicia siempre la empresa en España y sigue por el consulado. Estas son las fases.

1

Oferta y contrato

La empresa ofrece un contrato que cumpla salario (SMI o convenio), jornada y funciones acordes a tu perfil.

2

Solicitud (empresa)

El empleador presenta la solicitud de autorización inicial. Modelo y tasa 790 código 062.

3

Resolución

La Oficina valora contrato, solvencia de la empresa y situación nacional de empleo. 3 meses.

4

Visado

Concedida la autorización, solicitas el visado de trabajo en el consulado de tu país.

5

Entrada + alta

Entras en España y la empresa te da de alta en la Seguridad Social en el plazo de 3 meses.

6

TIE

Solicitas la TIE (huellas) y obtienes tu tarjeta. Ya resides y trabajas legalmente.

Lo que casi nadie te explica sobre el permiso de trabajo

Esto separa un expediente que se concede de uno que se deniega por un fallo de la empresa o del contrato.

Curiosidad

  • Por qué el permiso lo pide la empresa y no el trabajador.
  • Cómo se supera la situación nacional de empleo (catálogo / oferta).
  • Por qué la Administración mira la facturación real de la empresa.

Beneficio

  • Cómo conseguir residencia y trabajo en una sola autorización.
  • Cómo dejar el contrato a prueba de objeciones (salario, jornada, funciones).
  • Cómo encadenar el permiso hacia la renovación y la nacionalidad.

Errores que cuestan caro

  • Contrato por debajo del SMI o del convenio aplicable.
  • Empresa con deudas en la Seguridad Social o Hacienda.
  • Funciones que no coinciden con la formación del trabajador.
  • Documentos del país de origen sin apostillar ni traducir.

Lo que necesitas saber

  • Si tu puesto entra en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.
  • Si te aplica alguna excepción a la situación nacional de empleo.
  • Qué solvencia debe acreditar tu empresa para sostener el puesto.
REQUISITOS 2026

Requisitos del permiso de trabajo por cuenta ajena en 2026

Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (RD 1155/2024). Estos son los pilares.

01

Contrato de trabajo válido

Que garantice al menos el SMI o el salario del convenio, jornada definida y funciones acordes a la cualificación del trabajador.

02

Situación nacional de empleo

Puesto en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, o gestión de oferta que acredite que no se cubre con el mercado nacional, salvo excepciones.

03

Empresa solvente y al corriente

Empleador dado de alta y al corriente con la Seguridad Social y Hacienda, con medios económicos suficientes para sostener el puesto.

04

Trabajador sin antecedentes

Sin antecedentes penales en España ni en los países de residencia de los últimos 5 años. Titulación u homologación si la profesión lo exige. Tasa 790/062.

NUESTRO SERVICIO

Auditamos a tu empresa y tu contrato, y tramitamos el permiso sin fisuras.

Revisamos que el contrato cumpla salario, jornada y funciones; comprobamos la solvencia de la empresa y que esté al corriente con la Seguridad Social y Hacienda; analizamos si tu puesto supera la situación nacional de empleo o entra en una excepción; y acompañamos a tu empleador en toda la tramitación, que muchas empresas no saben hacer. Coordinamos también el visado y la entrada.

Te llevamos hasta la TIE y, después, hasta la renovación y el camino a la nacionalidad.

Como el violinista del cuento: tu talento no basta si el instrumento está desafinado. Nosotros afinamos la empresa, el contrato y el papeleo antes de que suene la prueba.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos tus dudas antes de empezar

¿Quién solicita el permiso, yo o la empresa?

Lo solicita la empresa que te va a contratar, no tú. Es la gran particularidad de esta vía: tu futuro empleador presenta la solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena ante la Oficina de Extranjería, asumiendo una serie de requisitos (salario conforme a convenio, solvencia, estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda). Por eso tu destino depende en buena parte de que otra persona rellene bien un formulario y aporte la documentación correcta. Nosotros acompañamos a la empresa en toda la tramitación —muchas no la han hecho nunca— para que no se caiga por un detalle.

¿Qué es la situación nacional de empleo?

Es la comprobación de que el puesto que se te ofrece no puede cubrirse fácilmente con trabajadores ya disponibles en el mercado nacional. Se supera, sobre todo, de dos formas: que la ocupación figure en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, o mediante una gestión de oferta de empleo que acredite que no hubo candidatos adecuados. Existen además excepciones en las que no se exige (determinados supuestos personales o de puesto). Analizar por dónde encaja tu caso —catálogo, oferta o excepción— es uno de los puntos que más decide el resultado.

¿Qué salario y condiciones debe tener el contrato?

El contrato debe garantizar, como mínimo, el salario mínimo interprofesional o el que fije el convenio colectivo aplicable a esa categoría (lo que sea más alto), con una jornada definida y unas funciones coherentes con la cualificación del trabajador. Un contrato por debajo de convenio, una jornada confusa o unas funciones que no encajan con tu formación son causas habituales de denegación. Por eso, antes de presentar, revisamos el contrato pieza a pieza para dejarlo a prueba de objeciones.

¿Cuánto tarda y qué pasa si no responden?

La Administración dispone de un plazo de en torno a 3 meses para resolver la autorización inicial. Concedida la autorización, dispones de un plazo para solicitar el visado de trabajo en el consulado de tu país; ya en España, la empresa te da de alta en la Seguridad Social y solicitas la TIE. Los plazos y el sentido del silencio dependen del tipo de solicitud, por lo que conviene controlar el expediente y las notificaciones para no perder ningún trámite. Nosotros vigilamos cada hito para que la cadena no se rompa.

¿Este tiempo cuenta para la nacionalidad?

Sí. El tiempo que residas legalmente con tu autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena computa como residencia legal y continuada a efectos de la nacionalidad por residencia (2 años para nacionales LATAM, 10 con carácter general). Es decir, este permiso no es solo un destino: es el primer eslabón de un camino que, renovación tras renovación, te acerca a la residencia de larga duración y a la nacionalidad. Lo planificamos desde el principio para que cada paso sume.

DA EL PASO

Tienes el talento y la oferta. Vamos a afinar el resto.

Solicita el estudio de tu caso. Revisamos tu contrato y tu empresa y te decimos con claridad si el permiso es viable, qué hay que ajustar y cómo conseguirlo en el menor tiempo posible.

+34 667 77 02 19·+34 667 78 20 85

infoglobalextranjeria@gmail.com

Camino de Coín 14, 29640 Fuengirola (Málaga)

PD: como el violinista que tocaba de maravilla pero salió sin afinar, puedes ser el candidato perfecto y aun así sonar mal si la empresa o el contrato cojean. Y aquí va lo irónico: es el único permiso donde tu destino depende de que OTRA persona —tu futuro jefe— rellene bien un formulario. Tú pones el talento; nosotros nos aseguramos de que tu empresa no desafine en el momento clave. Afinemos antes de tocar.

El contenido de esta página tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal individualizado. Cada caso de extranjería requiere un estudio particular.