Las razones humanitarias terminaron el 12 de junio. Y no, eso no significa que se acabaron tus opciones.
España dejó de conceder y renovar la residencia por razones humanitarias el 12 de junio de 2026, y las vías extraordinarias EX-31 y EX-32 cerraron el 30 de junio. Si presentaste a tiempo, ahora toca vigilar el expediente. Si no llegaste, quedan las vías ordinarias del RD 1155/2024. Te decimos hoy cuál es la tuya.
El plazo extraordinario cerró. Las vías ordinarias —modificación y arraigos— siguen abiertas.
LO QUE HA PASADO Y LO QUE SIGUE VIGENTE
Tres fechas que explican dónde estás hoy
12 jun
2026
Fin de las razones humanitarias. Desde esta fecha no se conceden ni se renuevan autorizaciones por razones humanitarias de protección internacional. Las tarjetas concedidas siguen valiendo hasta su caducidad.
30 jun
2026
Cierre de las vías extraordinarias. Las solicitudes EX-31 y EX-32 del RD 316/2026 solo pudieron presentarse hasta esta fecha. Las presentadas a tiempo siguen tramitándose.
HOY
julio 2026
Siguen abiertas las vías ordinarias del RD 1155/2024: modificación de tu permiso mientras la tarjeta esté en vigor, y los arraigos si ya caducó. El reloj ahora es la fecha de tu tarjeta.
Durante años, denegación de asilo no significaba quedarse sin papeles. Desde junio de 2026, sí —salvo que uses las vías que quedan.
Desde 2018, cientos de miles de personas venezolanas se regularizaron por razones humanitarias tras la denegación del asilo. Era casi automático. Eso terminó el 12 de junio de 2026: no más concesiones, no más renovaciones. Y el plazo extraordinario de las vías EX-31 y EX-32 cerró el 30 de junio. Pero cuidado con la conclusión equivocada: quedarse de brazos cruzados porque "ya no hay nada que hacer" es justo el error que convierte un problema resoluble en una situación irregular. Quien tiene la tarjeta en vigor todavía puede modificar; quien presentó a tiempo tiene un expediente vivo que vigilar; y quien no llegó tiene los arraigos ordinarios delante.
No se trata de lamentar el plazo perdido, se trata de usar bien el tiempo que marca tu tarjeta. Quien se mueve ahora, conserva su vida legal en España. Quien espera, la arriesga.
El inquilino al que le subieron el alquiler… y el contrato que nadie leyó
Una familia llevaba años en un piso de alquiler con una renta antigua y baratísima. Tan cómodos estaban que nunca leyeron la letra pequeña del contrato. Un día, el casero les avisó: «A partir del mes que viene, esta tarifa especial desaparece. No la renuevo más.» Cundió el pánico: empezaron a buscar piso a la desesperada, asumiendo que tendrían que mudarse lejos, a peor, con prisas.
Una vecina abogada les pidió ver el contrato. Lo leyó entero —algo que ellos nunca hicieron— y encontró una cláusula de compra preferente con fecha límite. Unos vecinos la usaron a tiempo y pasaron de inquilinos a propietarios. Otros dejaron pasar la fecha, convencidos de que ya no había nada que hacer… y la misma abogada les enseñó lo que tampoco habían visto: el contrato tenía más cláusulas. Menos ventajosas que la primera, sí. Pero suficientes para no acabar en la calle.
La moraleja no es «haber leído antes». Es que un contrato —como una ley— casi nunca tiene una sola puerta. La diferencia entre los que salieron bien y los que salieron mal no fue la suerte: fue sentarse con alguien que se lo leyera entero.
Un contrato —como una ley— casi nunca tiene una sola puerta.
El plazo extraordinario del RD 316/2026 era la cláusula ventajosa, y cerró el 30 de junio. Pero el reglamento tiene más cláusulas: la modificación mientras tu tarjeta viva y los arraigos ordinarios. Nosotros somos la vecina que se lee el contrato entero.
El plazo pasó y nadie te ha explicado qué significa para ti.
- Presentaste EX-31 o EX-32 antes del 30 de junio y no sabes en qué estado está tu expediente.
- Te ha llegado un requerimiento de subsanación y no sabes cómo contestarlo (ni cuánto plazo tienes).
- Tienes la tarjeta humanitaria en vigor y no sabes si todavía puedes modificarla a residencia y trabajo.
- Tu tarjeta caducó, no presentaste nada y crees que ya no hay salida legal.
- Te denegaron la solicitud extraordinaria y no sabes si se puede recurrir.
- Tienes miedo de quedarte irregular y no sabes por dónde empezar.
Casi todas estas situaciones siguen teniendo una salida legal… si se elige bien la vía y se actúa mientras tu tarjeta —o tu plazo de recurso— sigue vivo.
El plazo extraordinario cerró. Estas son las vías que quedan
Cuál te corresponde depende de si presentaste antes del 30 de junio, de si tu tarjeta sigue en vigor y de tu situación laboral y familiar. Esto lo afinamos en tu estudio.
VÍA 1 · SI TU TARJETA SIGUE EN VIGOR
Modificar a residencia y trabajo
Tu humanitaria vale hasta su caducidad, pero ya no se renueva. Mientras esté en vigor puedes modificarla a una residencia y trabajo por la vía ordinaria del RD 1155/2024. La fecha de tu tarjeta es tu reloj: no lo agotes.
VÍA 2 · SI PRESENTASTE A TIEMPO
Defender tu EX-31 o EX-32
Las solicitudes presentadas hasta el 30 de junio siguen tramitándose. Toca vigilar el expediente, contestar requerimientos en plazo y, si llega una denegación, recurrirla. Un expediente vivo también se puede morir por descuido.
VÍA 3 · SI NO LLEGASTE A PRESENTAR
Arraigos del RD 1155/2024
El régimen ordinario sigue ahí: arraigo social, sociolaboral, familiar o de segunda oportunidad, según tu tiempo en España, tu trabajo y tus vínculos. Estudiamos cuál encaja con tus fechas y lo preparamos bien a la primera.
Lo que casi nadie te explica ahora que el plazo ha pasado
Esto separa a quien conserva su vida legal en España de quien cae en la irregularidad por dar el caso por perdido.
Curiosidad
- Qué pasó exactamente el 12 y el 30 de junio de 2026 (y qué no pasó).
- Por qué la fecha de tu tarjeta es tu verdadero reloj.
- Qué diferencia hay entre tener un expediente EX-31/EX-32 vivo y empezar de cero.
Beneficio
- Cómo pasar de una humanitaria que ya no se renueva a una residencia y trabajo estable.
- Cómo defender la solicitud que presentaste antes del 30 de junio.
- Cómo dejar encarrilado tu camino hacia la nacionalidad.
Errores que cuestan caro
- Dar el caso por perdido y dejar caducar la tarjeta sin modificar.
- Ignorar un requerimiento de subsanación (o contestarlo tarde y mal).
- No recurrir una denegación recurrible dentro de plazo.
- Meterse en un arraigo sin acreditar bien trabajo, familia o estancia.
Lo que necesitas saber
- Qué vía te corresponde según tus fechas y tu situación de hoy.
- Qué documentación necesitas y qué plazos siguen corriendo.
- Qué pasa con tu permiso actual mientras se tramita lo siguiente.
Estudiamos tu caso tal y como está hoy y te llevamos por la vía que conserva tu residencia.
Analizamos tus fechas —si presentaste antes del 30 de junio, cuándo caduca tu tarjeta, cuánto llevas en España—, tu situación laboral y familiar y el estado de tu expediente, y te decimos exactamente qué toca: modificación a residencia y trabajo, defensa de tu EX-31/EX-32, recurso o arraigo ordinario. Preparamos el expediente y lo presentamos bien, sin que se rompa nada por el camino.
Conocemos de cerca la realidad del colectivo venezolano y sabemos que el peor enemigo ahora no es el plazo que cerró: es el desánimo de quien cree que ya no hay nada que hacer.
Como en el cuento del contrato: la cláusula ventajosa venció, pero el contrato tiene más cláusulas. Nosotros nos lo leemos entero y activamos la que te corresponde.
Resolvemos tus dudas antes de empezar
¿Cuándo terminaron exactamente las razones humanitarias?
El 12 de junio de 2026. Desde esa fecha, España no concede ni renueva autorizaciones por razones humanitarias de protección internacional. Las vías extraordinarias EX-31 y EX-32 del RD 316/2026 pudieron solicitarse hasta el 30 de junio de 2026 y ese plazo ya cerró. Lo que NO ha terminado: la validez de las tarjetas ya concedidas (valen hasta su caducidad), la tramitación de las solicitudes presentadas a tiempo y las vías ordinarias del RD 1155/2024 —modificación y arraigos—.
Tengo la tarjeta en vigor. ¿La pierdo de golpe?
No, no la pierdes de un día para otro. Tu tarjeta sigue siendo válida hasta su fecha de caducidad. El problema es lo que viene después: ya no se renueva por razones humanitarias. Por eso lo determinante es modificarla a residencia y trabajo mientras todavía está en vigor; si esperas a que caduque, pierdes la vía más directa y te arriesgas a caer en situación irregular. La regla es sencilla: la fecha de tu tarjeta es tu verdadero reloj.
No presenté nada antes del 30 de junio. ¿Ya no hay nada que hacer?
Hay. Lo que cerró el 30 de junio fueron las vías extraordinarias EX-31 y EX-32; el régimen ordinario del RD 1155/2024 sigue funcionando. Si tu tarjeta humanitaria está en vigor, la prioridad es modificarla a residencia y trabajo antes de que caduque. Si ya caducó, hay que estudiar los arraigos —social, sociolaboral, familiar o de segunda oportunidad— según tu tiempo en España, tu trabajo y tus vínculos. Son vías más exigentes que las extraordinarias, cierto. Pero exigente no es lo mismo que imposible, y cada mes que pases sin moverte juega en tu contra.
Presenté la EX-31 o la EX-32 a tiempo. ¿Y ahora qué?
Tu solicitud sigue viva y en tramitación: haber presentado dentro de plazo era la parte difícil. Ahora toca lo que decide expedientes: vigilar las notificaciones, contestar cualquier requerimiento de subsanación dentro de su plazo y, si llegara una denegación, valorar el recurso de inmediato —los plazos de recurso son cortos y no perdonan—. Un expediente bien presentado se puede perder por una notificación no leída. Si quieres, nos encargamos del seguimiento completo.
Me denegaron el asilo. ¿De verdad tengo opciones?
Sí. Durante años, en el colectivo venezolano la denegación del asilo casi siempre derivaba en la residencia por razones humanitarias; eso es lo que terminó en junio de 2026. Pero la denegación de asilo no te deja sin salidas legales: según tus fechas y tu situación, puede tocar modificar tu permiso mientras esté en vigor, defender la solicitud extraordinaria que presentaste o preparar un arraigo del RD 1155/2024. Lo único que de verdad cierra puertas es no hacer nada mientras tu tarjeta —o tu plazo de recurso— se consume.
La puerta de junio se cerró. No era la única puerta.
Solicita el estudio de tu caso. Revisamos tus fechas, el estado de tu expediente y tu situación de hoy, y te decimos con claridad qué vía te conserva la residencia y cómo presentarla bien.
+34 667 77 02 19·+34 667 78 20 85
infoglobalextranjeria@gmail.com
Camino de Coín 14, 29640 Fuengirola (Málaga)
PD: como los vecinos del cuento que dejaron pasar la cláusula ventajosa, hay quien va a dejar caducar su tarjeta por puro desánimo, pensando que el 30 de junio se acabó todo. Y lo irónico es que el reglamento sigue teniendo cláusulas para su caso —solo que nadie se las ha leído—. Esperar a que caduque tu tarjeta para "ver qué pasa" sigue siendo esperar a que escampe dentro de la casa que se está inundando. Las vías ordinarias están abiertas hoy. Crúzalas con nosotros.

Contenido revisado por un abogado
Revisado por Alberto García López
Abogado de extranjería · colegiado nº 11.441 · ICA Málaga
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