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CANCELACIÓN DE ANTECEDENTES · ART. 136 CP · 2026

Cumpliste tu condena. Pero tu historial no se borra solo.

Mucha gente cree que los antecedentes «ya prescribieron» o se borran con el tiempo. No es así: hay que solicitar la cancelación. Y mientras siga ahí, un antecedente sin cancelar puede tumbarte la nacionalidad, la residencia, el arraigo o la regularización justo el día que los pides. Calculamos tu plazo y lo cancelamos bien.

El tiempo cura casi todo… menos tu hoja de antecedentes. Esa hay que pedir que la borren.

PLAZOS DEL ART. 136 CP (ORIENTATIVOS)

¿Cuánto tiene que pasar para poder cancelar?

El plazo cuenta desde que se extingue la última pena (no desde la sentencia) y exige no haber vuelto a delinquir.

6 meses

Penas leves.

2 años

Penas ≤ 12 meses y delitos imprudentes.

3 años

Penas menos graves hasta 3 años.

5 años

Resto de penas menos graves.

10 años

Penas graves de más de 3 años.

POR QUÉ IMPORTA HACERLO BIEN

Pagar la condena no te limpia el expediente. Solo te da derecho a pedir que lo limpien.

Suena injusto, pero es así: el Estado no premia tu buena conducta borrándote el historial por sorpresa. Aunque la ley diga que la cancelación puede ser «de oficio», en la práctica muchas veces no ocurre, y tu antecedente sigue figurando en cada certificado que pidas. El que no lo cancela activamente se lleva el susto el peor día: cuando solicita la nacionalidad o la residencia y se la deniegan por algo que creía superado.

Cumplir la pena cierra tu deuda con la justicia. Cancelar el antecedente cierra su rastro en tu vida.

UNA HISTORIA

El que pagó el préstamo… pero seguía en la lista de morosos

Un hombre pidió un préstamo, tuvo un mal año y se retrasó. Al final, con esfuerzo, lo pagó todo: capital, intereses, hasta el último céntimo. Respiró aliviado, convencido de que su nombre quedaba limpio automáticamente. Dos años después fue a comprarse un coche a plazos y… rechazado. Seguía figurando en un fichero de morosos. «¡Pero si pagué hasta el último euro hace dos años!», protestó. El del banco, con paciencia: «Le creo, y seguramente es verdad. Pero pagar la deuda y salir del fichero son dos cosas distintas. Lo primero lo hizo usted; lo segundo hay que solicitarlo. Nadie le borra de la lista por gratitud.»

Tuvo que presentar la solicitud de baja en el fichero, con el justificante de que había pagado. Una semana después, su nombre desaparecía de la lista y el coche era suyo. No le faltaba haber pagado: le faltaba pedir que constara que había pagado.

No bastó con saldar la deuda. Hubo que pedir, con papeles, que lo borraran de la lista.

Nadie le borra de la lista por gratitud.

Tus antecedentes penales son esa lista de morosos: haber cumplido la condena es como haber pagado la deuda, pero no te sacan del registro por sí solos. Hay que solicitar la cancelación con la prueba de que cumpliste. Nosotros presentamos esa baja para que tu nombre deje de aparecer donde ya no debe.

¿TE SUENA ALGUNA DE ESTAS?

Crees que ya está resuelto… y sigue ahí.

  • Cumpliste la condena hace años y das por hecho que tu historial ya está limpio.
  • Te han dicho que los antecedentes «prescriben solos» y por eso no has hecho nada.
  • Vas a pedir la nacionalidad o la residencia y no sabes si te aparecerá algo.
  • Pagaste la pena pero no estás seguro de si saldaste también la responsabilidad civil.
  • No sabes qué plazo te toca ni desde cuándo se cuenta.
  • Tienes miedo de pedir el certificado y llevarte una sorpresa el peor día.

La buena noticia: casi siempre se puede cancelar… pero hay que calcular el plazo y pedirlo con la prueba correcta.

POR QUÉ TE URGE SI ERES EXTRANJERO

Un antecedente sin cancelar te bloquea los papeles

En extranjería, carecer de antecedentes es requisito casi siempre. Esto es lo que un antecedente vivo puede tumbarte:

Nacionalidad

Exige buena conducta cívica. Un antecedente sin cancelar es de los motivos estrella de denegación.

Residencia y renovaciones

Muchas autorizaciones exigen carecer de antecedentes en España y en países de residencia.

Arraigos

Todos los arraigos piden ausencia de antecedentes penales, dentro y fuera de España.

Regularización 2026

La vía extraordinaria también valora los antecedentes: conviene cancelarlos antes de solicitar.

Lo que casi nadie te explica sobre cancelar

Acertar el plazo y acreditar bien la extinción es lo que evita un rechazo (y un susto en tu expediente de extranjería).

Curiosidad

  • Que no se borran solos: hay que solicitarlo.
  • Que el plazo cuenta desde que pagas TODO (incluida la responsabilidad civil).
  • Que antecedentes penales y policiales no son lo mismo.

Beneficio

  • Cómo dejar tu hoja limpia antes de pedir nacionalidad o residencia.
  • Cómo calcular tu fecha exacta de cancelación.
  • Cómo usar el silencio positivo a tu favor.

Errores que te cuestan los papeles

  • Pedir la nacionalidad sin cancelar primero el antecedente.
  • Creer que ya prescribió cuando aún figura inscrito.
  • No haber pagado la responsabilidad civil (no corre el plazo).
  • No acreditar la extinción con los documentos correctos.

Lo que necesitas saber

  • Qué antecedentes tienes realmente (certificado previo).
  • Qué plazo te aplica según tu pena.
  • Qué documentos prueban que está extinguida.
CÓMO FUNCIONA · 2026

Los 3 requisitos del art. 136 CP (y el procedimiento)

Tienen que cumplirse los tres a la vez. Y ojo: si hay varios delitos, no se suman los plazos, rige el del más grave (pero deben haber pasado todos).

01

Pena extinguida

Haber cumplido íntegramente la pena, incluidas accesorias y la responsabilidad civil, o haberla extinguido por prescripción o indulto.

02

Plazo cumplido

Que haya transcurrido el plazo según la pena (6 meses a 10 años), contado desde la extinción de la última pena, no desde la sentencia.

03

Sin reincidir

No haber cometido nuevos delitos durante ese plazo. Un nuevo delito interrumpe el cómputo y reinicia la cuenta.

04

Solicitud y silencio

Se pide al Registro Central de Penados (Ministerio de Justicia) con la documentación de extinción. Plazo: 3 meses; después, silencio positivo.

NUESTRO SERVICIO

Comprobamos, calculamos y cancelamos. Y dejamos tu expediente listo.

Pedimos primero tu certificado de antecedentes para ver qué consta exactamente, calculamos si ya se cumplen los plazos del art. 136 CP, reunimos la documentación que acredita la extinción (testimonio de sentencia, liquidación de condena, pago de la responsabilidad civil) y presentamos la solicitud ante el Registro Central de Penados. Hacemos el seguimiento, incluido el silencio positivo a los tres meses.

Y lo coordinamos con tu trámite de extranjería: cancelamos antes de pedir la nacionalidad, la residencia o el arraigo, para que un antecedente no te tumbe el expediente.

Como el del fichero de morosos: pagar la deuda no te saca de la lista, hay que pedir la baja con el justificante. Nosotros presentamos esa baja por ti.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos tus dudas antes de empezar

¿Los antecedentes penales se borran solos con el tiempo?

No de forma fiable. Aunque la ley prevé la cancelación «de oficio», en la práctica muchas veces no se produce y el antecedente sigue figurando en tus certificados. Lo seguro es solicitar la cancelación de forma activa ante el Registro Central de Penados.

¿Cuánto tiempo tiene que pasar?

Depende de la pena y se cuenta desde que se extingue la última pena (no desde la sentencia): 6 meses para penas leves; 2 años para penas de hasta 12 meses y delitos imprudentes; 3 años para penas menos graves de hasta 3 años; 5 años para el resto de penas menos graves; y 10 años para penas graves de más de 3 años. Son plazos orientativos.

Cumplí la pena hace tiempo pero no pagué la indemnización, ¿corre el plazo?

No. La pena no se considera totalmente extinguida hasta que se satisface la responsabilidad civil (la indemnización). Mientras quede pendiente, el plazo de cancelación no empieza a contar. Por eso conviene revisar tu liquidación de condena antes de solicitar.

¿Por qué debo cancelarlos antes de pedir la nacionalidad o la residencia?

Porque casi todos los trámites de extranjería exigen carecer de antecedentes: la nacionalidad valora la buena conducta cívica, y arraigos, residencias y la regularización extraordinaria piden la ausencia de antecedentes. Un antecedente sin cancelar es uno de los motivos estrella de denegación.

¿Cuánto tarda la cancelación?

El plazo de resolución del Registro Central de Penados es de 3 meses. Transcurrido ese plazo opera el silencio positivo. Lo que más tarda suele ser reunir y acreditar correctamente la documentación de extinción de la pena, que es donde te ayudamos.

DA EL PASO

Ya pagaste tu deuda. Que el papel lo diga.

Cuéntanos tu caso y comprobamos qué consta, si ya puedes cancelar y cómo lo tramitamos, coordinado con tu trámite de extranjería para que nada te bloquee.

+34 667 77 02 19·+34 667 78 20 85

infoglobalextranjeria@gmail.com

Camino de Coín 14, 29640 Fuengirola (Málaga)

PD: es de las pocas burocracias en las que el Estado actúa como ese amigo rencoroso que «ya te ha perdonado»… pero lo sigue contando en cada cena. Cumpliste, pagaste, pasaron los años, y aun así tu certificado lo recuerda todo con memoria de elefante. La buena noticia es que sí se puede pedir que cierre la boca, oficialmente y para siempre. Tú trae los justificantes de que cumpliste; nosotros, el formulario que por fin pone tu pasado en modo silencio.

El contenido de esta página tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal individualizado. Cada caso de extranjería requiere un estudio particular.