GLOBALIUMEXTRANJERÍA
RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA · 2026

Quieres ser tu propio jefe. Hagamos que España diga sí.

La residencia por cuenta propia te deja vivir en España y trabajar como autónomo o montar tu negocio, sin depender de un empleador. Pero aquí no te juzga un jefe, te juzga un plan de empresa: si no demuestra que el proyecto se sostiene, se deniega. Lo construimos contigo para que convenza.

No dependes de que te contraten. Dependes de un proyecto que la Administración crea viable.

POR QUÉ IMPORTA HACERLO BIEN

La Oficina de Extranjería no invierte en tu negocio. Apuesta a que sobrevivirá. Y solo apuesta si las cuentas convencen.

La mayoría de denegaciones por cuenta propia no son por mala idea de negocio, sino por un plan de empresa flojo: inversión sin respaldo, previsiones irreales, una actividad que no coincide con tu experiencia, licencias sin iniciar o medios económicos sin acreditar. La Administración no valora tu ilusión: valora si el proyecto genera recursos suficientes para vivir y sostenerse. Un buen negocio mal documentado se cae igual que uno inviable.

No presentamos una idea con buena intención. Construimos un plan de viabilidad que cuadra las cuentas y blindamos cada requisito antes de presentar.

UNA HISTORIA

El cocinero genial al que el banco no dio crédito para abrir su restaurante

Un cocinero con un don extraordinario decidió abrir su propio restaurante. Cocinaba como nadie; quienes probaban sus platos juraban que triunfaría. Fue al banco a pedir el préstamo, seguro de que su talento bastaría. Llegó, habló con pasión de sus recetas, de su sazón, de lo mucho que la gente lo adoraba… y el director del banco le dijo que no.

«Pero si todo el mundo dice que cocino de maravilla», protestó. El director, tranquilo, respondió: «No lo dudo, y le deseo suerte. Pero yo no presto dinero a lo bien que cocina: presto a un plan que me demuestre que el restaurante pagará sus facturas. ¿Cuánto cuesta el local, cuántos cubiertos al día, a qué precio, qué gastos, en cuánto recupera la inversión? Tráigame esos números y hablamos.» El cocinero volvió con un plan de negocio realista: costes, previsión de clientes, margen, punto de equilibrio. Mismo talento, misma cocina. Esta vez le dieron el crédito.

No cambió ni una receta. Lo único que cambió fue que tradujo su talento a un plan que demostraba, en números, que el negocio se sostenía.

Yo no presto dinero a lo bien que cocina: presto a un plan que me demuestre que el restaurante pagará sus facturas.

La residencia por cuenta propia es ese banco: tu talento y tu idea son reales, pero quien decide no apuesta por la ilusión, sino por un plan que demuestre que el proyecto vivirá. Nosotros traducimos tu idea al plan que convence a quien tiene que decir sí.

¿TE SUENA ALGUNA DE ESTAS?

Tienes una idea de negocio, pero el papeleo te supera.

  • Quieres emprender o ser autónomo en España y no sabes qué permiso necesitas.
  • No sabes cómo se hace un plan de empresa que la Administración acepte.
  • No tienes claro cuánta inversión ni qué medios económicos hay que acreditar.
  • Tu actividad necesita licencias o colegiación y no sabes por dónde empezar.
  • Estás fuera de España y no sabes cómo encajan el permiso, el visado y el alta de autónomo.
  • Te preocupa que una previsión mal hecha tumbe todo el proyecto.

Y lo peor es que casi todos estos bloqueos se resuelven construyendo bien el plan de viabilidad… antes de presentar nada.

EL PROCESO, CLARO

De la idea a la TIE: cómo funciona

A diferencia del permiso por cuenta ajena, aquí lo solicitas tú, normalmente en el consulado de tu país. Estas son las fases.

1

Plan de empresa

Proyecto viable: actividad, inversión, financiación, previsión de ingresos y gastos. La pieza decisiva.

2

Solicitud (tú)

Presentas la solicitud, normalmente en el consulado de tu país de residencia. Tasas de residencia y trabajo.

3

Resolución

La Administración valora viabilidad, inversión, cualificación y licencias. Plazo de 3 meses.

4

Visado

Concedida la autorización, tienes 1 mes para solicitar el visado de cuenta propia en el consulado.

5

Entrada + alta

Entras en España y te das de alta como autónomo en la Seguridad Social (RETA), iniciando cotización.

6

TIE

Solicitas la TIE (huellas) y obtienes tu tarjeta. Ya resides y trabajas por cuenta propia.

Lo que casi nadie te explica sobre la residencia por cuenta propia

Esto separa un expediente que se concede de uno que se deniega por un plan de empresa flojo.

Curiosidad

  • Por qué aquí lo solicitas tú y no una empresa.
  • Por qué el plan de empresa decide el expediente.
  • Por qué un informe de ATA o UPTA suma puntos.

Beneficio

  • Cómo conseguir residencia y trabajo siendo tu propio jefe.
  • Cómo presentar una inversión y unas cuentas que convenzan.
  • Cómo encadenar el permiso hacia la renovación y la nacionalidad.

Errores que tumban tu caso

  • Plan de empresa irreal o con previsiones infladas.
  • Actividad que no coincide con tu experiencia o formación.
  • No iniciar las licencias antes de presentar la solicitud.
  • Inversión o medios económicos sin acreditar.

Lo que necesitas saber

  • Qué inversión y solvencia debes demostrar para tu actividad.
  • Qué licencias o colegiación exige tu sector.
  • Cómo cuadrar tu plan con tu experiencia profesional.
REQUISITOS 2026

Requisitos de la residencia por cuenta propia en 2026

Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia (RD 1155/2024, arts. 82-85; LO 4/2000, arts. 25 bis, 36 y 37).

01

Plan de empresa viable

Proyecto realista que acredite actividad, inversión, financiación y capacidad de generar recursos suficientes para sostenerse.

02

Inversión y medios

Acreditar la inversión prevista y medios económicos suficientes para la actividad y para tu propia manutención.

03

Cualificación y licencias

Cualificación o experiencia exigible para la actividad, y cumplimiento de licencias, colegiación e inscripciones que requiera el sector.

04

Sin antecedentes

Sin antecedentes penales en España ni en los países de residencia de los últimos 5 años. No ser de la UE/EEE/Suiza. Tasas de residencia y trabajo.

NUESTRO SERVICIO

Construimos tu plan de viabilidad y blindamos el expediente para que convenza.

Diseñamos contigo un plan de empresa realista y bien documentado (inversión, previsiones, punto de equilibrio), comprobamos que la actividad encaje con tu experiencia, gestionamos el inicio de las licencias y la acreditación de medios, y coordinamos el visado y el alta de autónomo. Si tu caso encaja mejor por arraigo (cuenta propia desde España), también te lo decimos.

Te acompañamos hasta la TIE y, después, hasta la renovación y el camino a la nacionalidad.

Como el cocinero del cuento: tu talento no basta para el crédito. Nosotros traducimos tu idea al plan que demuestra, en números, que el negocio se sostiene.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos tus dudas antes de empezar

¿Quién solicita el permiso, yo o alguien más?

A diferencia del permiso por cuenta ajena —que lo pide la empresa—, la residencia por cuenta propia la solicitas tú mismo, normalmente en el consulado de tu país de residencia. Eres a la vez el solicitante y el «proyecto»: el jefe eres tú, pero tienes que convencer a la Administración de que ese proyecto es viable y de que tú estás cualificado para sacarlo adelante. Esa autonomía es la ventaja y, a la vez, el reto: todo el peso de demostrar la viabilidad recae en tu expediente.

¿Qué es el plan de empresa y por qué es tan decisivo?

El plan de empresa es el documento que demuestra, en números, que tu actividad puede sostenerse: describe la actividad, la inversión necesaria, la financiación, la previsión de ingresos y gastos y el punto de equilibrio. Es la pieza que decide el expediente. La mayoría de denegaciones por cuenta propia no se deben a una mala idea de negocio, sino a un plan flojo: previsiones infladas, inversión sin respaldo o una actividad que no encaja con tu experiencia. Por eso lo construimos contigo, de forma realista y bien documentada, para que resista la valoración.

¿Cuánta inversión y qué medios económicos necesito?

No hay una cifra única: depende de la actividad. Lo que se valora es que la inversión prevista sea coherente con el proyecto y que acredites medios económicos suficientes tanto para poner en marcha y sostener el negocio como para tu propia manutención mientras arranca. Además, tu sector puede exigir licencias, colegiación o inscripciones que conviene iniciar antes de presentar. En el estudio de tu caso te decimos qué inversión y qué solvencia debes demostrar para tu actividad concreta, y cómo cuadrarlas con tu experiencia profesional.

¿Cuánto tarda y qué pasa después de la concesión?

La Administración dispone de en torno a 3 meses para resolver. Concedida la autorización, dispones de un plazo (normalmente 1 mes) para solicitar el visado de cuenta propia en el consulado; ya en España, te das de alta como autónomo en la Seguridad Social (RETA) e inicias tu cotización, y solicitas la TIE con tus huellas. A partir de ahí ya resides y trabajas por cuenta propia legalmente. Nosotros coordinamos cada fase —plan, solicitud, visado, alta y TIE— para que la cadena no se rompa por un trámite olvidado.

¿Este tiempo cuenta para la nacionalidad?

Sí. La residencia legal por cuenta propia computa como residencia legal y continuada a efectos de la nacionalidad por residencia (2 años para nacionales LATAM, 10 con carácter general). Igual que ocurre con el permiso por cuenta ajena, esta autorización es el primer eslabón de un camino que, renovación tras renovación, te lleva hacia la residencia de larga duración y la nacionalidad. Lo planificamos desde el inicio para que tu proyecto como autónomo también construya tu futuro legal en España.

DA EL PASO

Tienes la idea y las ganas. Vamos a por los números.

Solicita el estudio de tu caso. Analizamos tu proyecto y te decimos con claridad si la residencia por cuenta propia es viable, qué inversión y plan necesitas y cómo conseguirla en el menor tiempo posible.

+34 667 77 02 19·+34 667 78 20 85

infoglobalextranjeria@gmail.com

Camino de Coín 14, 29640 Fuengirola (Málaga)

PD: como el cocinero que pensaba que cocinar rico bastaba para el préstamo, mucha gente cree que tener una buena idea basta para el permiso. Y aquí va lo irónico: en la cuenta ajena dependes de que tu jefe rellene bien un formulario; en la cuenta propia el jefe eres tú… pero tienes que convencer a un funcionario de que eres un jefe solvente. Has cambiado un jefe por un evaluador. Tú pon la idea y la sazón; nosotros, los números que la hacen creíble.

El contenido de esta página tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal individualizado. Cada caso de extranjería requiere un estudio particular.