# Cómo va lo mío: consultar el estado de tu expediente de extranjería y nacionalidad (2026)

> Cómo consultar el estado de tu expediente de extranjería o de nacionalidad española paso a paso: el portal «Cómo va lo mío», la sede de Inclusión y qué significa cada estado (en trámite, requerido, favorable).

**Fuente:** https://globaliumextranjeria.com/blog/como-va-mi-expediente-extranjeria  
**Autor:** Globalium Extranjería — Alberto García López, colegiado nº 11.441 (ICA Málaga)  
**Publicado:** 2026-05-28

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> **Respuesta rápida:** el estado de tu expediente se consulta en dos sitios distintos según el trámite. Si es de **nacionalidad española por residencia**, en el portal **«Cómo va lo mío»** del Ministerio de Justicia, con tu NIE y tu número de expediente. Si es de **extranjería** (arraigo, residencia, renovación…), en la **sede electrónica de las Administraciones Públicas** (Ministerio de Inclusión), en el apartado de *información sobre el estado de tramitación de los expedientes*. En ambos verás un estado —«en trámite», «requerido», «favorable»…— que aquí te explicamos qué significa.

«¿Cómo va lo mío?» es, probablemente, la pregunta que más se repite después de presentar una solicitud. Has entregado todo, has pagado la tasa y ahora toca lo más difícil: esperar sin saber. La buena noticia es que **puedes consultar el estado tú mismo**, gratis y sin moverte de casa. La mala es que hay dos portales distintos y casi nadie te explica cuál es el tuyo.

## Nacionalidad por residencia: el portal «Cómo va lo mío»

Si solicitaste la **nacionalidad española por residencia**, tu expediente lo tramita el **Ministerio de Justicia**, y se consulta en el portal conocido como **«Cómo va lo mío»** (el buscador de estado de los expedientes de nacionalidad).

Necesitas dos datos:

- Tu **NIE**.
- El **número de expediente** de nacionalidad (te lo dieron al presentar; tiene un formato largo de letras y números).

Introduces ambos y el sistema te muestra en qué fase está. No hace falta certificado digital para la consulta básica.

Si todavía no tienes claros los plazos de la nacionalidad, lo explicamos a fondo en nuestra guía de [cuánto tarda la nacionalidad española](/blog/cuanto-tarda-la-nacionalidad-espanola) y en la página del servicio de [nacionalidad por residencia](/servicios/nacionalidad-espanola-residencia).

## Extranjería: la sede electrónica de Inclusión

Si tu trámite es de **extranjería** —un arraigo, una autorización de residencia, una renovación, una reagrupación—, el expediente lo gestiona el **Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones**, no Justicia. Se consulta en la **sede electrónica de las Administraciones Públicas**, en la opción de *información sobre el estado de tramitación de los expedientes de extranjería*.

Aquí normalmente te pedirán:

- El **número de expediente** (empieza por las siglas de tu provincia).
- Tu **NIE**, y en algunos casos certificado digital o Cl@ve.

## Qué significa cada estado

Esta es la parte que de verdad importa, porque el mismo texto angustia a unos y tranquiliza a otros sin motivo:

| Estado | Qué significa | Qué hacer |
| --- | --- | --- |
| **En trámite / en estudio** | Te están estudiando el expediente. Es lo normal durante meses. | Esperar. [Cuándo deja de ser normal](/blog/expediente-en-tramite-meses-silencio-administrativo) |
| **Requerido / pendiente de subsanar** | Falta un documento o una aclaración. | **10 días hábiles.** [Cómo responder](/blog/expediente-requerido-extranjeria) |
| **Propuesta de resolución** | Hay una decisión casi tomada. | Atento a la notificación. |
| **Favorable / concedido** | ¡Resolución positiva! | [Empieza otro plazo: la TIE](/blog/expediente-favorable-extranjeria-que-hacer-ahora) |
| **Desfavorable / denegado** | Resolución negativa. | **1 mes** para reposición. [Qué hacer](/blog/expediente-denegado-extranjeria-que-hacer) |

El estado **«requerido»** es el único que exige acción inmediata: si no respondes a tiempo, el expediente puede archivarse. Si te ves en un «desfavorable», no todo está perdido —hay plazos para recurrir—; lo vemos en nuestra página de [recursos contra denegaciones](/servicios/recursos-denegacion).

> **¿Te ha salido «requerido» o «desfavorable»?** El plazo corre desde ya —en un requerimiento suelen ser 10 días hábiles— y dejarlo pasar archiva el expediente. [Escríbenos por WhatsApp](https://wa.me/34667770219?text=Hola%2C%20mi%20expediente%20est%C3%A1%20requerido%20o%20denegado%20y%20quiero%20que%20lo%20revis%C3%A9is) y te decimos hoy mismo si se puede salvar y cómo.

## Por qué consultar no acelera (pero no perder una notificación, sí salva)

Mirar el estado diez veces al día no mueve tu expediente ni un milímetro. Lo que sí marca la diferencia es **no perderte una notificación**: si la Administración te requiere algo y no contestas en plazo, archiva. Por eso, más que vigilar el portal, conviene tener controlada tu vía de notificación (dirección electrónica habilitada, si la activaste) y reaccionar rápido cuando el estado cambie.

Dicho esto, hay un punto en el que **esperar deja de ser esperar**. Y ese punto tiene fecha.

## Haz la cuenta: ¿cuánto llevas tú?

Coge la fecha en la que presentaste y cuenta los meses. Es la cifra que de verdad te dice si tu expediente va normal o va mal, porque **el portal escribe «en trámite» exactamente igual el mes 3 que el mes 26**.

Llevar meses así **no es, por sí solo, señal de que algo vaya mal**: los expedientes de nacionalidad tardan habitualmente entre 12 y 24 meses, y muchos de extranjería se resuelven por silencio. Pero si te has pasado con holgura de lo que es normal en tu trámite y no ha habido un solo movimiento, ya no estás esperando: estás en **silencio administrativo**, y eso tiene salida propia y plazos propios. Lo desglosamos en [cuánto tarda de verdad y cuándo toca reclamar](/blog/expediente-en-tramite-meses-silencio-administrativo).

## Cuándo preocuparse de verdad

El momento de actuar es uno de estos tres:

- Cuando el estado pasa a **«requerido»** y hay que subsanar.
- Cuando se ha superado con mucho el **plazo legal de resolución** sin respuesta (ahí puede caber una reclamación o un recurso).
- Cuando la resolución es **desfavorable** y hay que recurrir en plazo.

En esos tres casos el reloj corre en tu contra, y es cuando merece la pena que lo revise un abogado.

Y si no estás en ninguno de los tres, ya tienes tu respuesta: consulta una vez al mes, ten controlada tu vía de notificación y sigue con tu vida. No hace falta que nos escribas.

## Preguntas frecuentes

### ¿Qué significa «en trámite» en mi expediente?

Que tu solicitud está siendo estudiada y aún no hay resolución. Es el estado normal durante la mayor parte del procedimiento. No requiere que hagas nada salvo esperar, a menos que el estado cambie a «requerido» o te llegue una notificación pidiendo documentación.

### ¿Qué hago si mi expediente está «requerido» o «pendiente de subsanar»?

Significa que la Administración te pide un documento o una aclaración. Tienes un plazo (normalmente 10 días hábiles) para aportarlo; si no respondes, pueden archivar el expediente. Revisa la notificación, reúne lo que piden y preséntalo en plazo.

### ¿Cada cuánto debo consultar el estado?

Una vez al mes es más que suficiente. Consultar a diario no acelera nada y solo genera ansiedad. Lo importante es no perderte una notificación: revisa también tu dirección electrónica habilitada si la tienes activada.

### Llevo meses «en trámite». ¿Es normal o algo va mal?

Suele ser normal: los expedientes de nacionalidad y de extranjería tardan meses. Que esté parado en «en trámite» no indica un problema. Solo conviene preocuparse si se ha superado con mucho el plazo legal de resolución, en cuyo caso puede caber una reclamación o un recurso.

### ¿Necesito certificado digital para consultar?

Para «Cómo va lo mío» (nacionalidad) basta normalmente con tu NIE y el número de expediente. Para la sede electrónica de extranjería puede pedirte certificado digital, Cl@ve o el número de expediente y NIE, según el trámite.
